LEY N. 6639
SUSTITUCION DE CONTRATO DE OBRA PUBLICA
SAN JUAN, 19 DE OCTUBRE DE 1995
BOLETIN OFICIAL, 22 DE DICIEMBRE DE 1995
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial, a sustituir el Contrato de Obra Pública, adjudicado a las empresas Oscar Menim Construcciones Electromecánicas y Guillermo Héctor Federico y Ramón Francisco Federico, Unión Transitoria de Empresas; referido a la Obra: "Estudio, Proyecto, Provisión e Instalación de Riego por Goteo y Aspersión en la Avenida de Circunvalación de la Ciudad de San Juan".
* Artículo 2
* ARTICULO 2.- Autorízase a ejecutar en su reemplazo, las siguientes obras viales, de interés público, financiadas con los recursos que se habían previsto para la obra citada en el Artículo 1: A) Calle MENDOZA,(Departamento Chimbas) Tramo: Avda. Benavídez - Remedios Escalada de San Martín: Ensanche de calzada en ambos costados; Superficie aproximada: 10.000,00 m}. B) Calle DIAZ (Departamento Chimbas) Tramo: Avda. Benavídez - Calle Centenario: Pavimentación - Tratamiento Bit. Sup.- Triple, en 6,60 m. de ancho; longitud aproximada 2.180,00 m. C) Calle SALTA (Departamento Chimbas) Tramo: Avda. Benavídez-Calle Centenario: Ensanche de calzada en ambos costados, superficie aproximada 15.500 m}. D) Calle Nº 4 (Ruta Provincial N 259) (Departamento 25 de Mayo) Tramo: Ruta Provincial N 270 - Ruta Nacional N 20 - Sección Ruta Provincial Nº 270 - Cementerio: Repavimentación con Tratamiento Bituminoso Triple, en 7 m de ancho; longitud aproximada 8.000 m. E) Calle N 4 (Ruta Provincial N 259) (Departamento 25 de Mayo) Tramo: Calle La Plata - Ruta Provincial Nº270: Pavimentación, con Tratamiento Bituminoso Triple, en 7 m de ancho; longitud aproximada 2.700 m. * "F) Calle RAMON FRANCO (Ruta Provincial Nº122) (Departamento Rawson) Tramo: Ruta Provincial Nº 155 hasta Ruta Provincial Nº 207 (Calle 10): Pavimentación con Tratamiento Bituminoso Sup. tipo triple, en 6 m de ancho. " G) Calle Abraham Tapia - Tramo Circunvalación-Ruta Provincial Nº155. Pavimentación con tratamiento bituminoso Sup. tipo triple, 6m. 70 cm de ancho, longitud aproximada 3.200 mts. H) Repavimentación Circuito El Pinar (Dep. Rivadavia) lechada asfáltica para 12.000 mts2. bacheo. I) Puente sobre canal Quiroga (Dep. San Martín) Longitud 10mts. en ancho total calzada dos trochas m s veredas. J) Pavimentación calles Villa Aurora (Dep. Ullum), previo convenio con Municipalidad de Ullum, Longitud 500 mts. K) Pavimentación Ruta Provincial Nº 412 tramo Pismanta - Tudcum (Dep. de Iglesia) con tratamiento Bituminoso Superficial - Triple, en 6 mts. de ancho, longitud aproximada 12.640 mts. L) Pavimentación Ruta Provincial Nº 412 Tramo Villa Iglesia - Bella Vista (Departamento Iglesia) con tratamiento bituminoso Superficial triple, en 6mts de ancho, longitud aproximada 4.000 mts. M) Repavimentación Ruta Nº319 (Dep. Sarmiento), tramo Decabó - Pedernal, con lechada asf ltica para 6.000 mts con bacheo. N) Pavimentación, Ruta Nº 901 (Dep. Sarmiento), tramo Los Berros- Cienaguita, con tratamiento Bituminoso Superficial - Triple, en 6 mts de ancho, longitud aproximada 9.000 mts. En los Ejercicios 1995, 1996 y 1997, la Dirección Provincial de Vialidad deber fijar las prioridades y etapas de ejecución de las mismas.
*Modificado por: LEY N. 6736 Art.1 ((B.O. 26-09-96) INC."F" MODIFICADO )
* Artículo 3
ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo preverá en los Presupuestos Anuales de Vialidad Provincial, para los años posteriores las partidas necesarias, Plan de Trabajos Públicos, fondos no afectados, los créditos requeridos para dar cumplimiento a las obras señaladas en el Artículo 2. * "Para estas obras ser n de aplicación supletoria las previsiones de la Ley de Obras Públicas (Ley Nº 3.734)".
* Modificado por: LEY N. 6736 Art.2 ((B.O. 26-09-96) INCORPORA PARRAFO 2º )
Artículo 4
ARTICULO 4.- Las obras detalladas en el Artículo 2 serán ejecutadas por la misma empresa adjudicataria de la obra sustituida, para lo cual se autoriza al Poder Ejecutivo, para que a través de la Dirección Provincial de Vialidad, negocie un nuevo contrato, previa elaboración de la documentación técnica correspondiente y conforme a los valores que allí se determinen, no pudiendo superar el monto adjudicado. Para el excedente de obras se aplicar el régimen de contratación previsto en la legislación vigente, según el monto resultante.
Artículo 5
ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FIRMANTES: MENDOZA-GIL